Retiro por invalidez. Pandemia mundial. ASPO. Paralización del trámite. Medida cautelar. Otorgamiento provisorio. Art. 49, ap. 2º, párrafo 11, Ley 24.241. Procedencia
Causa: “Ríos, Alejandro José c/ANSeS s/Medidas cautelares”, Expte. 14366/20 Juzgado Federal de la Seguridad Social Nº 1, 30/10/20 Encontrándose acreditados los presupuestos procesales de la medida cautelar previstos en el artículo 230 CPCCN ley 26.854, resulta viable hacer lugar a la medida cautelar requerida contra la ANSeS, quien deberá otorgar provisoriamente al actor el beneficio de Retiro Transitorio por Invalidez, en el plazo de cinco días y hasta tanto se pronuncie la Comisión Médica en los términos establecidos en el artículo 49, apartado 2º, párrafo 11 de la ley 24.241. VISTOS: Las presentes actuaciones en las que el Señor Alejandro José Ríos, con el patrocinio letrado de la Dra. Ana Telma Britos, solicita el dictado de una medida cautelar autónoma contra la Administración Nacional de la Seguridad Social, a fin de que se le ordene el acuerdo provisorio del derecho al Retiro Transitorio por Invalidez, liquidación y pago del correspondiente beneficio, de confo...