La actora promovió acción de amparo contra el Poder Ejecutivo Nacional a fin de que se lo condene a tomar las medidas pertinentes para otorgar la pensión por invalidez regulada por la ley 13.478 y solicitó la declaración de inconstitucionalidad del decreto reglamentario, en cuanto exige a los extranjeros acreditar una residencia mínima continua en el país de veinte años. La cámara hizo lugar a la acción y declaró la inconstitucionalidad de la norma cuestionada y contra esta sentencia interpuso recurso extraordinario la demandada. La Corte, por mayoría, recordó que sus sentencias deben ceñirse a las circunstancias existentes al momento de ser dictadas y señaló que la actora había obtenido la ciudadanía argentina por naturalización durante el transcurso del proceso, por lo que a la luz de su nueva condición de argentina naturalizada, el agravio había perdido virtualidad. Por ello, declaró inoficioso emitir pronunciamiento en las actuaciones. El juez Rosatti, en...
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