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Mostrando las entradas con la etiqueta ley 18.037

Acumulación de beneficios. Topes. Inexistencia. Derogación del art. 79 de la ley 18.037

  Causa: “Lado, Arturo Alberto c/ANSeS s/Reajustes varios”, Expte 67016/09 Juzgado Federal de la Seguridad Social Nº 9, 3/11/20   1) El art. 79 de la ley 18.037 según el cual las prestaciones derivadas de servicios prestados por dos o más persona son acumulables hasta el monto del haber máximo de la jubilación, se encuentra derogado. Ello así toda vez que por el art. 168 de la ley 24.241 se resolvió derogar las leyes 18.037 y 18.038 con sus complementarias y modificatorias, con excepción del art. 82, y los arts. 80 y 81 que fueron sustituidos por otro texto. 2) Si bien el art. 156 de la ley 24.241, dispone que las disposiciones de las Leyes Nros. 18.037 (t.o. 1976) y 18.038 (t.o. 1980) y sus complementarias, que no se opongan ni sean incompatibles con las de esta ley, continuarán aplicándose supletoriamente en los supuestos no previstos en la presente, de acuerdo con las normas que sobre el particular dictará la autoridad de aplicación, la incompatibilidad del artículo en cues...

Jubilación por invalidez. Contingencia y cese ocurridos en 1993. Aplicación de la ley 18.037. Principio de iura novit curia

  Causa: “Ciancaglini, Antonio Hipólito c/ANSeS s/Jubilación y retiro por invalidez”, Expte. 399/13 Corte Suprema de Justicia de la Nación, 3/9/20      1. El derecho a las jubilaciones se rige, salvo disposición en contrario, por la ley vigente a la fecha de cesación en el servicio de acuerdo con lo dispuesto por el art. 27 de la ley 18.037. Este  principio ha sido establecido por el legislador en beneficio  de los peticionarios y, por tanto, su aplicación debe efectuarse con particular cautela cuando media un cambio de legislación que puede redundar en perjuicio de los derechos adquiridos durante la vigencia de un régimen derogado (conf. causas “Fernández”, Fallos: 324:4511, “Arcuri”, Fallos: 332:2454 y “Díaz” Fallos: 340:21)   2. Si al momento en que se produjo el hecho generador del beneficio -la contingencia laboral había ocurrido en noviembre de 1993-, el actor se encontraba en actividad, aportaba al sistema de la ley 18.037 y la autoridad compete...