Buenos Aires, 26 de febrero de 2021 En atención a lo estipulado por el Decreto Nº 104/2021, en relación a lo establecido en los artículos 3º y 4º, se brindan las pautas generales, a fin de equiparar al nuevo valor de la PBU y establecer la forma de distribución del monto fijo (concepto 001-022), establecido por Decreto Nº 163/2020. Aspectos normativos El Decreto N° 104/2021, establece en su artículo 3° que a partir del 1° de marzo de 2021 el monto del haber mensual de la Prestación Básica Universal (PBU) será el que resulte de aplicar a la suma de PESOS OCHO MIL SETECIENTOS SIETE COMA SETENTA Y OCHO ($8707,78) el incremento por movilidad correspondiente a dicho mes. Por su parte en su artículo 4° instruye que la suma fija que se liquidara en virtud de lo dispuesto en el artículo 1° del Decreto N° 163/2020, previo a la aplicación de la movilidad de marzo de 2021, pasará a integrar la Prestación Básica Universal (PBU) en la medida necesaria para alcanzar el valor de PESOS OCHO MIL S...
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