Régimen de la Policía Federal. Suplementos “Función Policial Operativa” y/o “Apoyo Técnico”. Resolución Ministerio de Seguridad Nº 393 E/2017, modificada por los arts. 6 y 7 del Decreto Nro. 380/17 y 6º y 7º del Decreto Nro. 463/17. Carácter general y bonificable. Incorporación al haber previsional
1. Si bien del análisis e interpretación individual del Decreto Nro. 380/17 no surge que los “suplementos particulares”, se hubieran otorgado sin verificarse el cumplimiento de los criterios estrictamente objetivos establecidos en la normativa referida, en tanto de la prueba producida se desprende que el 91,75 % del personal percibía alguno de ellos, en el caso particular debe considerarse cumplida la condición de generalidad en la percepción de los suplementos analizados. 2. Evidenciada la generalidad con la que el personal de la policía federal en actividad percibe una u otra de las asignaciones demandadas, cabe tener por configurado el requisito necesario que lleva a reconocer el derecho del personal retirado a su percepción de conformidad con art. 96 de la Ley 21.965, norma que prescribe que cualquiera sea la situación en que revistare el personal en el momento de su pase a situación de retiro, el haber de retiro se calculará sobre el CIEN POR CIENTO (100%) de la suma de los conceptos de sueldo y suplementos generales, o por otros conceptos que se establezcan expresamente en el futuro para el personal en servicio efectivo del mismo grado y antigüedad y según la escala de porcentajes proporcionales al tiempo de servicio. 3. Corresponde admitir la demanda interpuesta, y reconocer el derecho de la parte actora a que le sea incorporado en su haber mensual de retiro y/o pensión, como remunerativo y bonificable, el suplemento que le corresponda percibir, de los creados por el Decreto Nro. 380/17, de acuerdo al grado o situación de revista que detentaba al pasar a retiro, en la medida que no excedan el haber de actividad del personal de su misma categoría.
JFSS N° 6, 20/8/19
Mendoza, Esteban José c/ Caja de Retiros Jubilac. y Pens. de la Policía Federal s/Personal Militar y Civil de las FFAA y de Seg., Expte. 81900/2017
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