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Circular 36/22 - ANSeS (DP) Iniciación de Retiro Transitorio por Invalidez, Minusvalía (Ley 20.475), Ceguera (Ley 20.888), Prestación edad avanzada por invalidez y Pensión para derechohabiente incapacitado. Otorgamiento de turnos para atención en comisiones médicas. Reemplaza la Circular GP 53/11

 Buenos Aires, 26 de septiembre de 2022

 
Se pone en conocimiento de las áreas operativas de esta Administración Nacional el procedimiento a llevar a cabo ante la presentación de una persona titular de derecho a solicitar alguna prestación con intervención de las Comisiones médicas,
 
En tal sentido en dicha oportunidad el iniciador deberá proceder a:
 
1. Evaluar la documentación laboral presentada en base al tipo de prestación solicitada.
 
2. Verificar los datos acreditados en ADP y si los mismos resultan:
 
2.1. Correctos, continúa en el punto 3.
 
2.2. Incorrectos, procede a la corrección de los mismos según documentación respaldatoria correspondiente.
 
3. Iniciar la prestación a través del Sistema de Iniciación, Cómputo y Ajuste (SICA) - Menú Principal Opción 1 Determinación de Derecho, el cual, confirmado este proceso, carátula automáticamente la prestación en el Sistema de Gestión de Trámites (SGT), emite el formulario de Solicitud de Trámite y carátula automáticamente la actuación de Anexo Médico (742), excepto en el trámite de derechohabiente.
 
3.1. Si se trata de un trámite de derechohabiente, dar de alta en el Sistema de Gestión de Trámites el expediente de la prestación solicitada (pensiones derivadas/ directas) y el Anexo Médico bajo el Tipo de Trámite 742 - ACT. ANEXO MEDICO, registrándolo en Estado 14 (pensiones directas y derivadas).
 
4. Ingresar en el SGT y realizar el giro del Anexo Médico a la Comisión Médica correspondiente.
 
5. Posteriormente procederá a modificar el estado inicial del expediente de la prestación de Estado 14 “INICIACIÓN” a Estado 06 “EN ESPERA DE EXAMEN MEDICO”, para lo cual se deberá de asociar la correspondiente actuación Médica (742) al expediente administrativo de la prestación.
 
6. Ingresar por intermedio de INTRANET a la aplicación Turnos Comisiones Médicas a efectos de asignar día y hora para concurrir a la Comisión Médica, conforme al procedimiento establecido en la norma de procedimiento “Otorgamiento de Turnos para Comisiones Médicas” - PRES-03-01. En relación a los errores que pueda surgir en la aplicación se encuentra disponible para su consulta el manual de turnos de Comisiones Médicas MAUS-23-01.
 
7. Efectuar confirmación del turno e imprimir dos ejemplares del comprobante del mismo, de acuerdo a la patología informada por el/la titular, deberá entregarse copia de la cartilla correspondiente en donde se indica qué estudios y documentación debe adjuntar el/la solicitante el día del turno, la misma se puede descargar de Intranet / Información / Cartillas / Previsional - Comisiones Médicas
 
8. Informar al solicitante el día del turno que le fue asignado para su atención en la Comisión Médica y que además del comprobante deberá presentar los estudios, diagnósticos y certificaciones médicas extendidas y firmadas por los médicos que lo atienden, de acuerdo a la cartilla citada en el punto anterior como así también un detalle de los médicos que lo atendieron o atienden en la actualidad.
 
9. Indicar al titular que, en caso de no poder concurrir a la revisación Médica en la fecha fijada, deberá comunicarse directamente con la Comisión Médica a los efectos de obtener un nuevo turno de atención para su revisación médica.
 
10. Completar las tareas correspondientes al armado del expediente previsional y dar el tratamiento habitual de la prestación que corresponda (Minusvalía, Ceguera, PEA por invalidez, Derechohabiente o Retiro Transitorio por Invalidez), conforme la normativa vigente.
 
11. Recibido el dictamen médico recaído en las actuaciones, continúa con la rutina vigente para el otorgamiento de la prestación.

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