Pensión no contributiva por invalidez. Demora del organismo. Estado de vulnerabilidad. Medida cautelar innovativa. Procedencia. Validez de las notificaciones por mail
Causa: “G., Z. M. c/ ANDIS s/ Amparo Ley 16.986- Previsional”, Expte. FLP 25214/2020 Cámara Federal de Apelaciones de La Plata, 16/7/21 1. Corresponde confirmar la sentencia que hizo lugar a la medida cautelar innovativa consistente en el otorgamiento de una pensión no contributiva, atento encontrarse acreditada la situación de extrema vulnerabilidad en la que se encuentra la amparista, el tiempo transcurrido sin que la demandada resuelva las varias intimaciones cursadas por el defensor oficial en los últimos años, los derechos que le asisten por ser una mujer con discapacidad vulnerable y las obligaciones que surgen de la Ley 13.478 y su decreto reglamentario 432/97. 2. La notificación por mail cursada a la demandada cumple con los requisitos establecidos en las Acordadas 4/20, 6/20 y 12/20 que demandaron los mayores esfuerzos para adoptar las acciones que tiendan lograr el máximo aislamiento social. De otra manera, si la forma de comunicación fuera únicamente presencial,...