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MAUS-73-02/22 - ANSeS SIEEL. Sistema Expediente Electrónico

  MAUS-73-02/22 - ANSeS SIEEL. Sistema Expediente Electrónico   Vigencia: 12/09/2022 I. Objetivo Este Manual de Usuario tiene como función principal explicar el uso del nuevo sistema de expedientes electrónicos, cuya finalidad es compatibilizar al organismo con el proyecto de despapelización del estado y mejorar los procesos de trabajo. II.   Alcance Abarca las instrucciones para los usuarios que participan en todo el ciclo de vida de un expediente, desde que el operador habilitado al sistema genera el alta del expediente pasando por todas las instancias correspondientes hasta la finalización del trámite y su respectivo archivo. III.   Consideraciones Generales El sistema SIEEL es una herramienta de gestión de expedientes electrónicos que facilita su manejo respecto del expediente papel ya que agiliza los procesos brindando información precisa sobre las instancias que se susciten durante el ciclo de vida del expediente. Este sistema contará a partir de ahora con un n...

Docentes Universitarios. Convenio de Transferencia de la Universidad Federal de la Patagonia Austral a la Universidad Nacional de la Patagonia Austral. Carácter nacional de los servicios prestados. Inclusión en la Ley 26.508

  Docentes Universitarios. Convenio de Transferencia de la Universidad Federal de la Patagonia Austral a la Universidad Nacional de la Patagonia Austral. Carácter nacional de los servicios prestados. Inclusión en la Ley 26.508 Causa: “Isola, Enrique Omar c/ANSeS s/Prestaciones varias” Expte. 71775/2015   Cámara Federal de la Seguridad Social, Sala I, 4/12/20   1. Los regímenes especiales se justifican por el tipo de desempeño que se considera relevante para la comunidad por distintos motivos, o porque las características particulares de las tareas o de las personas que la realizan, requieren un tratamiento específico. Están regulados por un marco normativo propio, separado del régimen general, con distintos requisitos para acceder al beneficio, así como para el cálculo y movilidad de los haberes de las prestaciones. Están diseñados para quienes desarrollan una verdadera carrera en la actividad objeto de tutela, ya que es esta, justamente, la que explica y fundamenta un tr...

Intereses moratorios. Diferencia con los compensatorios. Devengamiento a partir del vencimiento de los 120 días fijados por el art. 22 de la Ley 24.463. Procedencia

  Intereses moratorios. Diferencia con los compensatorios. Devengamiento a partir del vencimiento de los 120 días fijados por el art. 22 de la Ley 24.463. Procedencia Causa: “Guidi, Aldo Julio c/ANSeS s/Reajustes por movilidad”, Expte. FRO 62000043/2012/1   Cámara Federal de Rosario, Sala B, 12/8/22   1. El interés compensatorio –contenido en el art. 767 del C. C. y C.– es el que se paga por tener un capital dinerario que no es propio, con independencia de la existencia de la mora del deudor. Es el devengado mes a mes sobre cada suma originada por la diferencia entre el haber de caja y el reajustado conforme la sentencia que el actor pretende ejecutar. 2. El interés moratorio –reglado en el art. 768 de C. C. y C.– es el devengado una vez cumplido el plazo que la ley le otorga a la Anses para liquidar y abonar la sentencia porque a partir de ese momento ingresa en mora y que, a su vez, es el momento a partir del cual el actor puede iniciar la ejecución de la sentencia. 3. ...

FINA -08-05/22 - ANSeS Pagos Prestacionales. Puesta al Pago

  FINA -08-05/22 - ANSeS Pagos Prestacionales. Puesta al Pago Vigencia: 04/11/2022   I. Objetivo   Establecer las pautas vinculadas al tratamiento de los expedientes de pago de prestaciones.   II. Alcance   1. La presente norma abarca desde el ingreso de las actuaciones a la Dirección de Contabilidad o su generación en las áreas de la Dirección General de Finanzas, según corresponda, hasta su remisión a la Dirección de Tesorería con la instrucción de pago o la convalidación del registro, según corresponda a cada caso. III. Consideraciones Generales 2. Por tratarse de una norma que describe los procesos dentro de la Dirección General de Finanzas, sólo se desarrollan aquellos que, siendo anteriores al ingreso del expediente a la Dirección de Contabilidad, sean generados por otras áreas de la DGF en el apartado ( A ). 3. El resto de los procesos operativos anteriores al ingreso de los expedientes a la Dirección de Contabilidad, cuando estos no se generan en áreas d...

VI Congreso de Seguridad Social Conclusiones

  VI Congreso de Seguridad Social Conclusiones San Carlos de Bariloche, 13 y 14 de octubre de 2022 1. Durante más de 40 años, las demandas presentadas por abogadas y abogados previsionalistas han generado cientos de miles de sentencias judiciales que, receptando los reclamos, han descalificado procederes y normas, y declarado la inconstitucionalidad de muchas de estas, lo que comprueba la ineficiencia generalizada y permanente de los Organismos de Seguridad Social y de las normas que regulan el régimen previsional. 2. Por estar en juego el derecho de defensa y la garantía al debido proceso de los solicitantes de prestaciones previsionales, corresponde a la Administración lo siguiente: Regir su actuación por la Ley de Procedimientos Administrativos 19.549 y su plexo normativo. Considerar la protección constitucional y convencional de la que gozan las prestaciones previsionales y los adultos mayores vulnerables. Instrumentar adecuadamente la comunicación entre dependencias estatales ...